Por fin! Se ha constituido la Red Ciudadana de Justicia Tributaria y Fiscal para Chile
La Nueva Constitución deberá inscribir principios mínimos de justicia fiscal y contener disposiciones para organizar las finanzas públicas. Y, también, explicitar el principio de progresividad tributaria; los impuestos deben representar una proporción mayor de los ingresos y el patrimonio de los ciudadanos más ricos, en comparación a los más pobres.
El objetivo de la Red, como su nombre lo indica, es contribuir a lograr una mayor justicia fiscal, orientando el gasto público a la realización de los derechos humanos y construyendo un sistema tributario más justo y progresivo. Como primer aporte, la Red ha elaborado propuestas para una justicia fiscal y tributaria en la constitución de Chile, disponibles en el sitio Web
La Red Ciudadana para la Justicia Fiscal y Tributaria en Chile
En diciembre de 2021 se constituye la Red, integrada por las
siguientes organizaciones sindicales y ciudadanas y expertos:
Asociación Nacional de funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (ANEICH)
Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos (AFIICH)
The Global Initiative for Economic, Social and Cultural Rights (GI-ESCR)
The Center for Economic and
Social Rights (CESR).
Fundación Ciudadanía Inteligente
Internacional de Servicios Públicos (PSI)
Michel Jorratt, experto tributario.
Ricardo Martner, experto tributario, Comisionado ICRICT
Arlette Gay, Directora de Proyectos FES Chile
La Red elaboró una propuesta de10 principios constitucionales para la justicia fiscal y tributaria en Chile.
- La política fiscal y tributaria debe tener como finalidad fundamental la realización de los derechos humanos, económicos, sociales, culturales y ambientales.
- La política fiscal y tributaria debe ser progresiva en su conjunto, con un componente redistributivo permanente.
- La política fiscal debe basarse en los principios de equidad vertical y horizontal.
- La institucionalidad fiscal debe contar con recursos financieros, técnicos y humanos suficientes para realizar sus funciones.
- La política fiscal debe diseñarse e implementarse a través de mecanismos de democracia participativa.
- La política fiscal debe promover un desarrollo con equilibrios territoriales y ambientalmente sostenible.
- La política fiscal debe ser plenamente aprovechada como un instrumento para la garantía de derechos específicos y para combatir la pobreza y la desigualdad.
- La política fiscal debe promover una igualdad de género sustantiva con un enfoque de interseccionalidad.
- Los Estados deben establecer regulaciones corporativas que aseguren que las empresas asuman sus responsabilidades en derechos humanos, incluida una adecuada gobernanza del sector extractivo.
- La política fiscal debe estar basada en principios de cooperación internacional, responsabilidad extraterritorial y promover estándares de gobernanza global adecuados.
Además , la propuesta contiene 7 mandatos para la consagración de los principios constitucionales en materia fiscal, para que éstas puedan traducirse en mandatos directos al Legislador y al Ejecutivo:
PROPUESTAS DE MANDATOS AL LEGISLADOR, PARA
DESARROLLAR UN SISTEMA TRIBUTARIO MÁS JUSTO Y PROGRESIVO
La consagración de principios constitucionales en materia
fiscal debiera traducirse luego en mandatos directos al legislador y al
ejecutivo, que tengan como objetivo la realización de dichos principios. En
este sentido, consideramos que los principios arriba indicados habrían de
traducirse en las siguientes propuestas de mandatos para el legislador:
MANDATO 1
La política fiscal debe
organizarse en función de objetivos y planes plurianuales orientados a avanzar en la
realización de los derechos consagrados
en la Constitución. Para ello, los informes de finanzas
públicas habrán de comunicar los avances y retrocesos en torno a objetivos
explícitos definidos al inicio de cada período de gobierno.
MANDATO 2
El sistema tributario
debe propender a simplificar sus normas, de modo de facilitar
su comprensión y cumplimiento, y minimizar los espacios de evasión y elusión.
Para ello, es importante avanzar hacia la separación total de los impuestos de
las personas naturales y jurídicas (desintegración).
MANDATO 3
La política fiscal debe
basarse en la evidencia. Se debe encomendar a organizaciones
externas al gobierno (universidades, centros de estudio u organismos
internacionales independientes) estudios técnicos bianuales que permitan
evaluar los avances o retrocesos en materia de progresividad, efectos
redistributivos globales de la política fiscal y pertinencia de las exenciones tributarias. Para ello,
en concordancia con la Ley de Transparencia, todos los organismos del Estado
deberán entregar los datos solicitados para dichos estudios.
MANDATO 4
Las autoridades
tributarias y los encargados de las finanzas públicas deben informar de manera
comprensiva y periódicamente.
Se debe proporcionar información sobre
la recaudación obtenida a través de los distintos instrumentos tributarios, los
efectos recaudatorios de exenciones, franquicias o reducciones de base
imponible que disponga la autoridad y los avances o retrocesos de la evasión de
los distintos impuestos. Así mismo, se deben informar los impactos estimados de
las propuestas de modificación o reforma que se sometan al debate
parlamentario.
MANDATO 5
La administración
tributaria debe tener la competencia y capacidad para solicitar información necesaria.
Deberá garantizarse que pueda solicitar toda la información necesaria para
verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a las personas tanto
naturales como jurídicas, sin previa autorización judicial.
MANDATO 6
Las autoridades
tributarias deben tomar todas las medidas necesarias para evitar la evasión y la elusión
fiscal. En este sentido, se debe implementar planes plurianuales de
combate a la evasión y elusión, reportando anualmente a la ciudadanía respecto
a sus componentes y resultados.
MANDATO 7
Se debe garantizar la
rendición de cuentas en materia fiscal. Las autoridades de
instituciones fiscalizadoras del sistema tributario deben rendir cuenta
anualmente sobre los impactos de instrucciones e interpretaciones en la
recaudación. Así mismo, deben justificar
aquellas que impacten significativamente de manera negativa en las arcas
fiscales de la nación.
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