Principios y Directrices de Derechos Humanos en la Política Fiscal
Me encuentro participando en la redacción de un documento coordinado por nuestra colega de ICRICT Magdalena Sepúlveda titulado "Principios y Directrices de Derechos Humanos en la Política Fiscal". Se trata de recordar y reiterar los compromisos y obligaciones que los Estados han asumido a nivel internacional y en sus propias Constituciones.
En su principio 1 el documento reza que "los Estados deben asegurar una política fiscal que tenga como finalidad fundamental la realización de los derechos humanos". Y afirma, "la política fiscal debe ser comprendida como un instrumento para la garantía de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA)". Queda claro, pero cómo se hace?
Con leyes de rango constitucional. Los DESCA han de estar en el centro de las garantías constitucionales, y las finanzas públicas ordenadas en torno a ello. Son muchos los principios y directrices del documento, que todavía está en estado de consulta. Destacan sin embargo los llamados a conformar un sistema institucional que explicite prioridades hacia la realización de la igualdad sustantiva y de género, así como a sistemas de recaudación progresivos.
Es probable que el detalle de estos temas deba ser objeto de leyes (mayoría simple, por favor!), pero una Constitución, según comenta mi también colega de ICRICT Thomas Piketty en su ultimo libro, debe al menos inscribir principios mínimos de justicia fiscal: la no-regresividad de los impuestos (los impuestos no deben representar una proporción menor de los ingresos y de la propiedad para los ciudadanos más ricos que para los más pobres) y la obligación de transparencia y de rendición de cuentas. No se trata de crear una República de jueces fiscales, sino de proteger o realizar derechos y apoyar deliberaciones en torno a la justicia fiscal, denominación que adquiere nuevas dimensiones ante las demandas ciudadanas en todo el planeta.
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